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LA RECLAMACIÓN DE LOS GASTOS HIPOTECARIOS

  ¿Qué son los gastos hipotecarios?. Son los gastos que el ciudadano paga cuando pide un préstamo al Banco para adquirir una vivienda o los gastos que paga cuando hipoteca su casa que ya fue adquirida con anterioridad.   ¿Quién paga los gastos hipotecarios?. Hace unos años, el ciudadano pagaba todos los gastos hipotecarios porque el Banco lo imponía de manera obligatoria en la escritura en una cláusula que denominaba “Gastos”, sin posibilidad de negociarlo con el particular. En los últimos años, la Jurisprudencia Europea y del Tribunal Supremo ha ido modificando progresivamente esta situación y ahora se considera una cláusula abusiva aquella en la que el Banco impone al consumidor el pago de todos los gastos hipotecarios.   ¿Qué cantidad puedo reclamar?. Cada caso es diferente. Dependerá del importe del préstamo que solicitemos al Banco. A mayor cantidad solicitada, mayores serán los gastos cuya devolución puede solicitarse. Tras las últimas Sentencias...

LA IMPORTANCIA DE REALIZAR TESTAMENTO

  De manera totalmente errónea la gente piensa que realizar testamento es “cosa de viejos” sin darse cuenta de la importancia que tiene tener hecho testamento y los problemas futuros que ello evita en caso de fallecimiento.   Desde este despacho le asesoramos y, si es necesario, redactamos la Minuta de su testamento -siguiendo sus instrucciones- de tal forma que cumpla con todos los requisitos legales.   El testamento sirve, por ejemplo, para defender los derechos de tu pareja. Si no hay matrimonio y no se ha tenido la precaución de realizar testamento, el miembro de la pareja que sobrevive no tiene derecho a nada.   También, puede mejorarse al cónyuge y dejar la legítima estricta a los hijos menores, con el fin de que éstos no dificulten la marcha normal de la economía familiar.   El testamento, en caso de existencia de hijos menores y de fallecimiento del otro progenitor, sirve para que los padres puedan nombrar tutor e indicar, de esa manera...

RECOMENDACIONES BÁSICAS A SEGUIR EN CASO DE SUFRIR UN ACCIDENTE DE TRÁFICO

  Deberá llamar de inmediato a la POLICÍA LOCAL O GUARDIA CIVIL a fin de acudan al lugar del accidente y levanten el correspondiente ATESTADO . Si Usted no puede hacerlo por encontrarse herido, cerciórese que lo haga alguien en su nombre. Si Usted cree que tiene razón y no se pone de acuerdo con la parte contraria, trate de NO MOVER SU VEHÍCULO HASTA LA LLEGADA DE LA POLICÍA . Si se ve obligado -por circunstancias del tráfico- a mover su vehículo, tome la precaución de sacar abundantes fotografías que muestren -de manera fehaciente- la situación en la que se encuentran ambos vehículos en el momento de ocurrir el siniestro y, si es posible, marque con un espray la situación de las cuatro ruedas de su vehículo en la calzada, con el fin de facilitar la medición al equipo de Atestados a la hora de elaborar el croquis del accidente. Deberá rellenar correctamente y firmar el PARTE AMISTOSO DE ACCIDENTE junto con el otro conductor y, en especial, deberá hacer constar de manera e...

DERECHO A LA LIBRE ELECCIÓN DE ABOGADO TRAS SUFRIR UN ACCIDENTE DE TRÁFICO

Cualquier persona, siempre que pueda demostrar su inocencia (o la culpa compartida) en la causación de un accidente de tráfico y teniendo contratada en su Póliza de Seguro la defensa jurídica y la reclamación de daños, puede elegir el abogado de su confianza para que lo defienda y reclame en su nombre y, en su caso, en nombre de los ocupantes del vehículo que hubieren resultado igualmente lesionados. Si la Cía. Aseguradora del cliente considera que el asunto no es viable, no está obligada a cubrir gastos ni a proporcionar asistencia jurídica, aunque cabe recurrir referida decisión ante el Defensor del Asegurado. No obstante lo anterior,  si el asegurado considera que no ha sido el causante del accidente y dispone de pruebas que demuestren la culpabilidad del conductor contrario (o la culpa compartida de ambos) y decide seguir adelante con la reclamación con un abogado de su confianza y consigue que se estime su demanda, la cía. aseguradora está obligada a cubrir los costes de a...