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LA AMNISTÍA, LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Y LA INVESTIDURA

  Kant reconocía que la prerrogativa de gracia era el “más escabroso de los derechos del soberano”, pues la impunitas criminis es la más grave injusticia contra los súbditos (<Amnistía, Constitución y Justicia Material> de Carlos Pérez del Valle). La amnistía (amnesia) viene del griego “olvido” y supone borrar cualquier rastro del procedimiento penal, mientras que el indulto se refiere únicamente al “perdón” del Gobierno y que elimina la obligación de cumplir una pena tras el dictado de una Sentencia firme. Según el artículo 62 i) de la Constitución Española de 1978 , corresponde al Rey: “ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales ”. Nada se indica expresamente en la C.E. sobre la amnistía lo que da pie a que se puedan mantener ambas hipótesis sobre su admisión o rechazo. Los expertos juristas favorables a admitir la amnistía dentro de nuestro ordenamiento jurídico ( Pérez Rollo , Martín Pallín , Albert Noguera , Joan Ri

LA DEUDA POR ALIMENTOS PERMITE EMBARGAR EL S.M.I.

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  Por todos es sabido que la Ley declara inembargable el salario, sueldo, pensión o retribución que no exceda de la cuantía señalada para el Salario Mínimo Interprofesional. Por lo tanto, y toda vez que el S.M.I. fijado para el presente año 2023 asciende a los 1.080 €, por debajo de esa cantidad, no se podrá embargar a nadie. Sin embargo, existe una excepción. Si la deuda proviene de una sentencia que condena al pago de alimentos entonces, en ese caso, el artículo 608 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite que sea el Juez quien determine, a su prudente arbitrio, la cantidad que puede ser embargada. En este caso concreto y ante una pensión de jubilación de 909,34 € distribuida en 14 pagas, equivalente a la suma mensual prorrateada de 1.060,54 €, el Juez ha considerado razonable embargar al deudor y ejecutado la cantidad mensual de 200 €, con el fin de que no se vea afectado el mínimo vital del propio deudor y alimentante. Necesitaremos muchos meses de pensión para cobrar la total can

LA IMPORTANCIA DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 24-2-2021 PARA LOS PROPIETARIOS DE VEHÍCULOS

El Tribunal Supremo en su Sentencia de 24-2-2021 estipula que el límite de 600 € que establecen las Compañías Aseguradoras en las Pólizas de Seguro de Automóvil en el apartado de “Defensa Jurídica” es lesivo y, por tanto, nulo y ello aunque el condicionado particular donde se fija esté firmado por el asegurado . Añade el Tribunal Supremo que aunque puede establecerse una limitación del riesgo cuando se recurra a servicios jurídicos escogidos libremente por el asegurado, la fijación de una cuantía tan reducida que, por ridícula, haga ilusoria la facultad atribuida de libre designación de abogado particular y procurador, equivale en la práctica a vaciar de contenido la propia cobertura que dice ofrecer la Póliza de Seguro . Ante el abanico de posibles pretensiones que pudieran ejercitarse en defensa de los intereses del asegurado en caso de siniestro -concluye el Tribunal Supremo- la cuantía de 600 € resulta lesiva, pues impediría ejercer el derecho a la libre elección de abogado y/o

LA RECLAMACIÓN DE LOS GASTOS HIPOTECARIOS

  ¿Qué son los gastos hipotecarios?. Son los gastos que el ciudadano paga cuando pide un préstamo al Banco para adquirir una vivienda o los gastos que paga cuando hipoteca su casa que ya fue adquirida con anterioridad.   ¿Quién paga los gastos hipotecarios?. Hace unos años, el ciudadano pagaba todos los gastos hipotecarios porque el Banco lo imponía de manera obligatoria en la escritura en una cláusula que denominaba “Gastos”, sin posibilidad de negociarlo con el particular. En los últimos años, la Jurisprudencia Europea y del Tribunal Supremo ha ido modificando progresivamente esta situación y ahora se considera una cláusula abusiva aquella en la que el Banco impone al consumidor el pago de todos los gastos hipotecarios.   ¿Qué cantidad puedo reclamar?. Cada caso es diferente. Dependerá del importe del préstamo que solicitemos al Banco. A mayor cantidad solicitada, mayores serán los gastos cuya devolución puede solicitarse. Tras las últimas Sentencias del Tribunal

LA IMPORTANCIA DE REALIZAR TESTAMENTO

  De manera totalmente errónea la gente piensa que realizar testamento es “cosa de viejos” sin darse cuenta de la importancia que tiene tener hecho testamento y los problemas futuros que ello evita en caso de fallecimiento.   Desde este despacho le asesoramos y, si es necesario, redactamos la Minuta de su testamento -siguiendo sus instrucciones- de tal forma que cumpla con todos los requisitos legales.   El testamento sirve, por ejemplo, para defender los derechos de tu pareja. Si no hay matrimonio y no se ha tenido la precaución de realizar testamento, el miembro de la pareja que sobrevive no tiene derecho a nada.   También, puede mejorarse al cónyuge y dejar la legítima estricta a los hijos menores, con el fin de que éstos no dificulten la marcha normal de la economía familiar.   El testamento, en caso de existencia de hijos menores y de fallecimiento del otro progenitor, sirve para que los padres puedan nombrar tutor e indicar, de esa manera, al Juez cual es la per

RECOMENDACIONES BÁSICAS A SEGUIR EN CASO DE SUFRIR UN ACCIDENTE DE TRÁFICO

  Deberá llamar de inmediato a la POLICÍA LOCAL O GUARDIA CIVIL a fin de acudan al lugar del accidente y levanten el correspondiente ATESTADO . Si Usted no puede hacerlo por encontrarse herido, cerciórese que lo haga alguien en su nombre. Si Usted cree que tiene razón y no se pone de acuerdo con la parte contraria, trate de NO MOVER SU VEHÍCULO HASTA LA LLEGADA DE LA POLICÍA . Si se ve obligado -por circunstancias del tráfico- a mover su vehículo, tome la precaución de sacar abundantes fotografías que muestren -de manera fehaciente- la situación en la que se encuentran ambos vehículos en el momento de ocurrir el siniestro y, si es posible, marque con un espray la situación de las cuatro ruedas de su vehículo en la calzada, con el fin de facilitar la medición al equipo de Atestados a la hora de elaborar el croquis del accidente. Deberá rellenar correctamente y firmar el PARTE AMISTOSO DE ACCIDENTE junto con el otro conductor y, en especial, deberá hacer constar de manera expre

DERECHO A LA LIBRE ELECCIÓN DE ABOGADO TRAS SUFRIR UN ACCIDENTE DE TRÁFICO

Cualquier persona, siempre que pueda demostrar su inocencia (o la culpa compartida) en la causación de un accidente de tráfico y teniendo contratada en su Póliza de Seguro la defensa jurídica y la reclamación de daños, puede elegir el abogado de su confianza para que lo defienda y reclame en su nombre y, en su caso, en nombre de los ocupantes del vehículo que hubieren resultado igualmente lesionados. Si la Cía. Aseguradora del cliente considera que el asunto no es viable, no está obligada a cubrir gastos ni a proporcionar asistencia jurídica, aunque cabe recurrir referida decisión ante el Defensor del Asegurado. No obstante lo anterior,  si el asegurado considera que no ha sido el causante del accidente y dispone de pruebas que demuestren la culpabilidad del conductor contrario (o la culpa compartida de ambos) y decide seguir adelante con la reclamación con un abogado de su confianza y consigue que se estime su demanda, la cía. aseguradora está obligada a cubrir los costes de asist